La prohibición de desalojos durante la pandemia -que venció a finales de marzo de este año-, no impidió que locadores intenten sacar de las viviendas a los inquilinos. Entre abril del 2020 y marzo del 2021, se iniciaron en los Tribunales provinciales 70 demandas por desalojos. Entrevistado por El Megáfono, el Defensor del Pueblo de Río Cuarto, Ismael Rins, remarcó las deficiencias de la Justicia para garantizar los derechos a los inquilinos y explicó que el organismo brinda herramientas de mediación entre las partes, pero que no puede actuar como juez ni aplicar sanciones ante posibles abusos.
¿Cuál es la situación que se presenta ante la Defensoría a partir de la finalización del Decreto 320?
Hay demandas, tenemos 3 o 4 consultas a la semana sobre esto, y tenemos situaciones que antes no teníamos. Hay preocupación sobre cómo van a funcionar los desalojos, cómo se va a pagar la deuda acumulada. A esto hay que agregarle la renovación de contratos, donde se vuelve a cobrar la comisión y lo siente el bolsillo del inquilino. El Centro de Mediación Comunitaria de la Defensoría ha intervenido porque creemos que es una herramienta necesaria y útil en este momento para que se puedan llegar a soluciones prácticas. La Justicia ya ha adoptado la mediación como una instancia previa a la judicialización, y nosotros desde lo comunitario hacemos nuestro aporte.
«Los inquilinos no han encontrado una solución del todo a su problemática en esta Ley»
¿Cómo es el mecanismo del Centro de Mediación Comunitaria?
Es un mecanismo de solución de conflicto voluntarios, esto quiere decir que no tenemos ninguna facultad de obligar a las partes a su utilización ni aplicar alguna sanción. Es un ámbito donde las partes, con distintas herramientas de mediación, se ponen de acuerdo para llegar a una solución a su conflicto.
¿El CMC se encuentra funcionando en Río Cuarto?
Si, ha venido funcionando un poco de manera restringida. pero ya estamos tomando medidas y las vamos a seguir tomando más allá de lo que ocurra con la pandemia. Tenemos que tomar todas las medidas de protección, pero no podemos dejar de utilizar este tipo de herramientas tan necesarias sobre todo en momentos de contingencia.
A partir de los idas y vueltas por la nueva Ley de Alquileres, ¿los inquilinos tienen una protección para que se cumpla lo que dice la Ley?
Se sancionó la nueva Ley, pero en lo personal creo que hay que prestarle mucha atención a las voces de las organizaciones sociales, sobre todo a las partes más débiles de los alquileres, como los inquilinos. No han encontrado una solución del todo a su problemática en esta Ley. No hay mecanismos ágiles y seguros de protección. Tenemos que pensar una Ley de protección en la contingencia: cuándo los inquilinos tienen que entregar la llave, cuánto tiene que pagar de expensas, cuáles son las expensas ordinarias y extraordinarias. Vemos incumplimientos más que mal subsanamiento de la Ley, y no está claro quién es el órgano de control. Entonces, existe una situación de desventaja cuando el inquilino tiene que recurrir a la Justicia, porque ya sabemos que la Justicia es un organismo muy oneroso, poco accesible, con muchos intermediarios. Creo que un inquilino cuando tiene que pagar o no un arreglo, recurrir a la Justicia por esa situación es muy difícil, y no encuentra quién le pueda brindar una solución. Desde la Defensoría hacemos ese aporte, pero con la salvedad que nosotros no somos el órgano de aplicación. Esta Ley carece de un mecanismo propio para una parte muy vulnerable que es el inquilino, que no puede acceder a una vivienda y el Estado no toma medidas para que este hecho se haga realidad. Tomemos como ejemplo los créditos UVA.
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