E
l oficialismo de la Cámara de Diputados logró avanzar el miércoles en el dictamen del proyecto de ley del Poder Ejecutivo, que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica. El proyecto que fue debatido en la Comisión de Presupuesto y Hacienda recibió 26 firmas a favor y quedó en condiciones de ser debatido en el recinto en una sesión especial que impulsa e oficialismo para el próximo martes. El objetivo del proyecto es “darle continuidad” al decreto vigente.
. El proyecto que fue debatido en la Comisión de Presupuesto y Hacienda que preside Carlos Heller (Frente de Todos) quien sostuvo que el objetivo del proyecto es “darle continuidad” al decreto vigente impulsado por el ministro de Economía, Sergio Massa, que crea el Programa Compre Sin IVA, y dijo que la propuesta “intenta compensar el deterioro del poder adquisitivo de los sectores más vulnerables de la sociedad y, por eso, hubo un conjunto de medidas impulsadas por el gobierno”.
Alejandro Cacace, diputado nacional de Evolución Radical, dijo coincidir en que “estamos atravesando una profunda crisis que afecta el poder adquisitivo de los ciudadanos”, y anticipó que ese espacio opositor impulsará un dictamen de minoría propio para que, entre otras cosas, la norma rija hasta el 9 de diciembre de 2023, tras cuestionar lo que considera “medidas que implican pérdida de recursos y aumento de gasto del Estado y se profundiza la emisión”.
Cacace dijo que acompañan “la medida de devolución pero no creemos que después de haber sido derrotado el gobierno ahora fije la política tributaria para el próximo gobierno”.
La iniciativa del Gobierno -de nueve artículos- aclara que la medida comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.
En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.